Los servicios de Asistencia a la Salud, serán otorgados con el objetivo de responder a la política social de la Cooperativa 8 de Marzo Ltda., el cual es, la de asistir y prestar ayuda económica o de servicios a los/as socios/as o familiares dentro del primer grado de consanguinidad, que por situaciones adversas o especiales; enfrentan momentos que requieren apoyo solidario a la salud y será otorgado una sola vez por año dentro del núcleo familiar, conforme al ejercicio económico/financiero vigente.


INTERNACIÓN: A partir de 3 días en adelante y,


REPOSO: A partir de 5 días en adelante.


Requisitos:
- Para tener derecho al pago de cada subsidio establecido en este reglamento se deberá reunir los siguientes requisitos:

- Antigüedad mínima de 3 meses.
- Haber abonado 2 certificados de aportación.
- Estar al día en sus obligaciones con la Cooperativa (aporte, solidaridad, crédito, tarjeta de créditos).
- La solicitud o pedido debe presentarse dentro del plazo de 60 días declarada de incapacidad transitoria, internación o reposos, es perentorio e improrrogable; contados desde la fecha en que se produjo el alta médico, generador del subsidio.
- Demás requisitos documentales exigidos, según beneficio a percibir.


El certificado médico presentado debe contener los siguientes datos:
Certificado médico o constancia expedida por el director médico u otro documento donde conste la firma y sello del profesional médico, por  reposo o internación con los siguientes datos;

- Fecha de Expedición.
- Diagnóstico del médico tratante.
- Fecha y cantidad de días de internación o reposo
- Sello y firma del médico tratante.


Del/la socio/a:
- Fotocopia de Cédula de identidad civil vigente.


De/la Cónyuge:
- Certificado de matrimonio o libreta de familia expedida por el registro civil o constancia de matrimonio aparente expedido por la Justicia de Paz Letrada de la Capital; para el interior, el Juzgado de Paz del año en vigencia.

- Fotocopia de cédula de identidad civil vigente del socio/a y cónyuge.

De los/as hijos/as menores a 18 años de edad e hijos mayores con impedimento físico y mental sin límite de edad:
- Fotocopia de Cedula de identidad civil vigente del/la socio/a.

- Fotocopia de Cedula de identidad civil vigente del hijo/a.
- Certificado de Nacimiento del/la hijo/a.
- En caso de hijos con capacidades especiales, deberá presentarse un informe clínico en el que se especifique claramente la afección.


Del Padre o la Madre del socio:
- Fotocopia de Cedula de identidad civil vigente del socio.

- Fotocopia de Cedula de identidad civil vigente del padre o la madre, según sea el caso.
- Certificado de Nacimiento del/la socio/a.


En caso de existir más de un socio dentro del núcleo familiar, se otorgará el subsidio únicamente al socio afectado o al familiar que demuestre haber corrido con los gastos, mediante presentación de documentos a ser considerado por del Gerente Social o Gerente General o Comité de Asistencia a la Salud o Consejo de Administración. 

- Se exceptúan los cobros de Internación o Reposo por parto normal, cesárea, cirugía plástica (que no sea reparación de quemaduras o accidentes), extracciones dentarias, con fines de diagnóstico, tratamiento por esterilidad y anticoncepción.
- Cuando las documentaciones sean de origen extranjero, serán especialmente consideradas por el Consejo de Administración, previo estudio del Comité de Asistencia a la Salud, y en caso de estar en un idioma diferente al español, deberán estar traducidos al idioma español por un traductor público matriculado en la Corte Suprema de Justicia.


 


Número corporativo de la sección de Asistencia a la Salud - Casa Matriz (0986)120-117. Sólo consultas por WHATSAPP.